A través de la Decisión Administrativa 490/2020, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno de la Nación otorgó el permiso de apertura a ciertos rubros que ya no deberán cumplir con el aislamiento obligatorio. En el listado figuran los talleres mecánicos, las gomerías, y casas de venta de repuestos, partes y demás piezas vehiculares. Por supuesto, la atención no será la misma de siempre.
En el caso de la venta de repuesto:
- “En ningún caso podrán realizar atención al público”
- Podrán atender “únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta”
- Deberán convenir las ventas bajo pedidos, ya sea por llamada de teléfono, WhatsApp, internet, o cualquier medio (pero no de forma presencial).
Los talleres mecánicos solamente podrán brindar servicios a:
- Transporte público
- Vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas
- Vehículos afectados a las prestaciones de salud
- Vehículos del personal con autorización para circular
- Se atenderá solamente con un turno convenido previamente
- No pueden atender a quienes no cuenta con el Certificado Único de Circulación
En ambos casos:
- Deberán atender en franjas horarias restringidas
- El número de personal será reducido (trabajando por turnos) dependiendo del tamaño del local
- El personal tendrá que cumplir con el protocolo sanitario
- Los empleados deberán tener el Certificado Único de Circulación
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14 abril, 2020 at 7:46 pm
Por otra parte, esta nueva etapa de la cuarentena incluira excepciones para determinados servicios y actividades. Podran funcionar bancos, empresas de venta de articulos de libreria e insumos informaticos (solamente con envio a los domicilios), talleres mecanicos y gomerias. Ademas, las personas discapacitadas estaran autorizadas a salir de sus casas dentro de las proximidades, y para lo cual no deberan tramitar un permiso especial. Lo mismo valdra para aquellas con trastorno del espectro autista, que tambien podran recibir prestaciones profesionales en su domicilio.